Climatización con bomba de calor y CAE: cuándo aplica y cuándo no

En vivienda, la referencia estándar es RES060 cuando hay sustitución de caldera de combustión por bomba de calor eléctrica. En edificios terciarios, la ficha equivalente es TER040. Una instalación nueva o un simple split no genera CAE automáticamente.

Qué cubre esta página

Esta página no está para prometer que "cualquier split" o "cualquier aire acondicionado inverter" genera CAE. Está para ayudarte a distinguir los dos escenarios que sí tienen una lectura clara en el catálogo vigente.

1) Vivienda: RES060

La ficha RES060 aplica a la sustitución de una caldera de combustión en un edificio de uso residencial privado por una bomba de calor eléctrica tipo aire-aire, aire-agua, agua-agua, tierra-agua o tierra-aire, para calefacción y/o ACS. La actuación no afecta a los elementos que configuran la instalación térmica.

→ Ver ficha completa: Aerotermia / bomba de calor (RES060)

2) Sector terciario: TER040

La ficha TER040 aplica a la sustitución total del equipo o equipos de climatización y/o ACS y/o calentamiento de piscinas en edificios del sector terciario por una bomba de calor eléctrica.

Lo importante — no es una ficha para "cualquier equipo"

En residencial, el punto clave no es solo el equipo nuevo, sino qué sistema se está sustituyendo. Si no existe una caldera de combustión previa, no hay encaje estándar automático en RES060. Una vivienda con un simple split nuevo, una primera instalación, o un cambio desde un sistema que no encaja en el ámbito de la ficha necesita revisión previa.

Qué revisamos antes de iniciar

Si es vivienda:

1
Que existe una caldera de combustión previa.
2
Que el inmueble es de uso residencial privado.
3
Que la bomba de calor queda correctamente identificada y documentada.
4
Que la instalación la realiza una empresa habilitada con documentación completa.

Si es terciario:

1
Que hay sustitución total del equipo o equipos existentes.
2
Que el inmueble encaja en ámbito terciario.
3
Que se conservan los datos técnicos del equipo sustituido y del nuevo.

Lo que más suele bloquear el expediente

  • Primera instalación vendida como sustitución.
  • No existir caldera de combustión previa en vivienda.
  • Falta de documentación del sistema anterior.
  • Instalación sin certificado o sin trazabilidad suficiente.

Tú mandas / Nertio hace

  • Nos explicas qué equipo había y cuál se instala
  • Aportas ficha técnica y documentación del sistema anterior
  • Trabajas con instalador habilitado
  • Firmas la cesión del ahorro
  • Recibes la contraprestación orientativa

Nertio

  • Te decimos si estamos en RES060, TER040 o fuera de ficha estándar
  • Revisamos elegibilidad antes de avanzar
  • Coordinamos la documentación técnica con el instalador
  • Gestionamos el expediente con el partner especializado
  • Te informamos del estado del proceso

Preguntas frecuentes

¿Un split en una vivienda genera CAE automáticamente?

No. En residencial, la referencia estándar vigente es RES060, y su ámbito parte de la sustitución de una caldera de combustión por una bomba de calor eléctrica.

¿Y en una oficina, local u hotel?

Puede encajar en TER040 si hay sustitución total del equipo o equipos existentes y la documentación técnica está bien cerrada.

¿Y si mi caso no entra en ficha estándar?

Las actuaciones que no están en catálogo pueden tramitarse como singulares, pero no todos los casos compensan. Se revisa proyecto a proyecto.

¿Has cambiado tu sistema de climatización? Cuéntanos tu actuación.