Qué son los Certificados de Ahorro Energético (CAE) y cómo funcionan en España
Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico oficial que acredita 1 kWh de ahorro de energía final generado por una actuación de eficiencia energética en una vivienda. Está regulado por el Real Decreto 36/2023.
Si has hecho una reforma que mejora la eficiencia energética de tu vivienda — aerotermia, ventanas, aislamiento — es posible que hayas oído hablar de los CAE. O que no hayas oído nada y estés dejando dinero sobre la mesa.
Los Certificados de Ahorro Energético son un mecanismo oficial del Estado español que permite convertir en valor económico real el ahorro de energía que generan determinadas actuaciones de eficiencia energética. No son una subvención. No son una ayuda pública. Son un instrumento de mercado con un marco regulatorio propio y una demanda estructural.
En esta guía te explicamos qué son, cómo funcionan, quién participa y por qué pueden interesarte si eres propietario, comunidad de vecinos o profesional del sector.
Qué es un CAE
Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico oficial que acredita que se ha conseguido un ahorro de energía final equivalente a 1 kWh gracias a una actuación de eficiencia energética. 1 CAE = 1 kWh de ahorro de energía final.
Dicho de forma más directa: si haces una obra que reduce el consumo de energía de tu vivienda o edificio, ese ahorro se puede medir, documentar y certificar. Y una vez certificado, tiene un valor económico porque hay empresas obligadas por ley a comprarlo.
El sistema está regulado por el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, y se desarrolla a través de varias órdenes ministeriales, entre ellas la Orden TED/845/2023 que aprueba el catálogo de fichas estandarizadas.
Por qué existen los CAE
España tiene compromisos con la Unión Europea en materia de eficiencia energética, derivados de la Directiva de Eficiencia Energética. Para cumplirlos, la Ley 18/2014 estableció una obligación anual de ahorro energético que recae sobre las comercializadoras de electricidad, gas y productos petrolíferos.
Estas empresas, llamadas sujetos obligados, tienen dos formas de cumplir con esa obligación cada año: pagar una cantidad al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), o adquirir Certificados de Ahorro Energético generados por actuaciones reales de eficiencia.
El sistema CAE nace para crear ese mercado. Las comercializadoras necesitan certificados. Los propietarios y las empresas que hacen reformas eficientes pueden generarlos. Y entre ambos, un conjunto de actores regulados — sujetos delegados, verificadores, gestores autonómicos — garantizan que el ahorro declarado es real.
El resultado es un mercado donde el ahorro energético tiene un precio y puede monetizarse.
Quién participa en el sistema CAE
El sistema tiene varios actores con roles definidos:
Propietario del ahorro — Es la persona o entidad que ha realizado la actuación de eficiencia energética. Origina el ahorro y puede recibir una contraprestación económica por ceder ese ahorro para su certificación.
Sujeto obligado — Las comercializadoras de electricidad, gas y productos petrolíferos. Tienen la obligación legal de acreditar un volumen anual de ahorro energético. Pueden hacerlo pagando al FNEE o comprando CAE.
Sujeto delegado — Entidad habilitada para tramitar expedientes CAE en nombre de los sujetos obligados. Es quien formaliza convenios con los propietarios del ahorro, coordina la verificación y presenta la solicitud de emisión. Para acreditarse como sujeto delegado se exigen requisitos significativos: fondos propios mínimos, equipo técnico cualificado y sistema de gestión ISO 9001.
Verificador de ahorro energético — Entidad acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) que revisa que la actuación se ha realizado, que la documentación es correcta y que los ahorros declarados son reales.
Gestor autonómico — El órgano competente de cada comunidad autónoma que tramita la solicitud, valida el expediente y emite los CAE.
Coordinador nacional — El organismo que supervisa el funcionamiento general del sistema y gestiona el registro nacional de CAE.
Qué actuaciones pueden generar CAE
No todas las reformas generan certificados. Las actuaciones elegibles están definidas en un catálogo oficial de fichas estandarizadas publicado por el MITECO. Cada ficha especifica qué tipo de actuación cubre, cómo se calcula el ahorro, qué documentación hace falta y qué requisitos técnicos debe cumplir.
El catálogo se organiza por sectores: residencial, terciario, industrial, transporte y agrario. En el sector residencial, las actuaciones más habituales son:
- Aerotermia (ficha RES060) — Sustitución de caldera de combustión por bomba de calor
- Ventanas (ficha RES070) — Renovación o sustitución de ventanas
- Aislamiento de fachada (ficha RES010) — Rehabilitación de la envolvente térmica con superficie >25%
- Envolvente parcial / cubierta (ficha RES020) — Intervención en la parte opaca de la envolvente con superficie ≤25%
- Rehabilitación integral (ficha RES080) — Rehabilitación profunda que afecta simultáneamente a envolvente e instalaciones térmicas
- Hibridación caldera + bomba de calor (fichas RES090–RES099) — Bomba de calor añadida a caldera existente
Además de las fichas estandarizadas, existen actuaciones singulares: proyectos que no encajan en ninguna ficha del catálogo pero que generan un ahorro demostrable mediante cálculo a medida. Estas son más complejas de tramitar y más habituales en el sector industrial.
Las actuaciones deben haberse ejecutado a partir del 26 de enero de 2023 para ser elegibles.
Cómo se monetiza el ahorro: el mercado de CAE
Los CAE no son una subvención. No los paga el Estado. Son un mecanismo de mercado.
El circuito funciona así: el propietario del ahorro cede sus ahorros a un sujeto delegado (o directamente a un sujeto obligado) a cambio de una contraprestación económica. El sujeto delegado tramita la verificación y la emisión. Una vez emitidos, los CAE se transfieren al sujeto obligado, que los utiliza para cumplir su obligación legal de ahorro.
El valor de esa contraprestación no es fijo. Depende del tipo de actuación, del volumen de ahorro certificado, de la calidad de la documentación, del momento del mercado y de la negociación entre las partes.
A título orientativo, las referencias de mercado en 2025–2026 sitúan el rango frecuente entre 115 y 140 €/MWh de ahorro certificado, con un rango más amplio de 85 a 155 €/MWh según las condiciones. Estos datos son orientativos y pueden variar.
Lo que importa entender es que hay una demanda estructural: las comercializadoras necesitan CAE cada año para cumplir su obligación. Eso sostiene el mercado.
Qué NO son los CAE
Conviene aclarar algunas confusiones habituales:
No son una subvención. No los paga la administración pública. Son un instrumento de mercado entre actores privados, dentro de un marco regulado.
No son automáticos. Hacer una reforma no genera CAE por sí mismo. La actuación tiene que cumplir los requisitos de una ficha estandarizada (o ser singular), la documentación tiene que ser correcta y completa, y hay que pasar un proceso de verificación y emisión.
No son retroactivos sin límite. Solo aplican a actuaciones ejecutadas a partir del 26 de enero de 2023.
No todas las reformas aplican. El catálogo del MITECO define qué actuaciones son elegibles. Si tu obra no encaja en ninguna ficha, no genera CAE (aunque sí puede beneficiarse de otras vías como subvenciones o deducciones fiscales).
No son incompatibles con ayudas públicas. Con carácter general, los CAE son compatibles con la mayoría de ayudas, salvo las financiadas con cargo al FNEE. Pero cada caso requiere revisión.
¿Las placas solares generan CAE?
No. Esta es una confusión frecuente, especialmente entre propietarios que han instalado autoconsumo fotovoltaico.
El sistema CAE certifica ahorro de energía final — consumir menos energía para el mismo servicio. Las placas solares generan energía renovable, que es un concepto distinto. Instalar paneles fotovoltaicos o baterías no encaja en las fichas del catálogo residencial del MITECO porque no hay un ahorro de energía final en el sentido que la normativa define.
Sin embargo, si además de instalar placas has sustituido tu caldera por aerotermia, cambiado ventanas o mejorado el aislamiento, esas actuaciones sí pueden generar CAE. Son procesos independientes y compatibles.
Qué papel juega Nertio
Nertio no es sujeto obligado ni sujeto delegado. Nertio es una plataforma que organiza la documentación del propietario o del profesional, prepara el expediente según la ficha estandarizada del MITECO y canaliza la tramitación a través de partner especializado.
En la práctica, Nertio hace de puente entre quien ha hecho la obra y el circuito regulado. Revisa si el caso puede encajar, ordena la documentación, prepara el expediente y coordina el proceso. El propietario o el instalador no tiene que convertirse en experto en CAE.
Normativa de referencia
El sistema CAE se apoya en varias piezas normativas:
- Real Decreto 36/2023, de 24 de enero — Establece el sistema de Certificados de Ahorro Energético
- Orden TED/815/2023, de 18 de julio — Desarrollo parcial del RD 36/2023
- Orden TED/845/2023, de 18 de julio — Aprueba el catálogo de fichas estandarizadas
- Resolución de 3 de julio de 2024 — Actualiza el catálogo (114 fichas vigentes)
- Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo — Refuerza el sistema CAE con modificaciones operativas
Hasta cuándo puede registrarse una actuación ya ejecutada
Las actuaciones pueden registrarse hasta tres años después de ejecutarse, siempre que se hayan iniciado a partir del 26 de enero de 2023 y antes del 1 de enero de 2031. Es decir, si hiciste una obra elegible en 2023 y no la has tramitado, todavía puedes hacerlo — pero el reloj corre.
Cuanto antes se prepare la documentación, menos riesgo de que se pierdan datos, facturas o fichas técnicas necesarias para completar el expediente.
En resumen
- 1 CAE = 1 kWh de ahorro de energía final certificado. El sistema está regulado por el Real Decreto 36/2023.
- Son un mecanismo de mercado, no una subvención: los compran las comercializadoras de electricidad, gas y productos petrolíferos obligadas por ley a acreditar ahorro.
- Solo generan CAE las actuaciones del catálogo oficial del MITECO — aerotermia (RES060), ventanas (RES070), aislamiento (RES010/RES020), rehabilitación integral (RES080), hibridación (RES090-099).
- La obra debe haberse ejecutado a partir del 26 de enero de 2023 y registrarse dentro de los tres años siguientes, antes del 1 de enero de 2031.
- El valor de referencia oficial MITECO se sitúa en 115–140 €/MWh de ahorro certificado. El importe neto que recibe el propietario depende de la actuación, la documentación y las condiciones del expediente.
Preguntas frecuentes
¿Cualquier reforma de eficiencia energética genera CAE?
No. Solo las actuaciones que cumplen los requisitos técnicos y documentales de las fichas estandarizadas del catálogo MITECO, o las actuaciones singulares con ahorro demostrable. Además, la obra debe haberse ejecutado a partir del 26 de enero de 2023.
¿Cuánto puedo cobrar por un CAE?
No hay un importe fijo. El valor depende del tipo de actuación, el volumen de ahorro, la zona climática, la documentación y las condiciones del mercado. A título orientativo, el rango frecuente en 2025–2026 se sitúa entre 115 y 140 €/MWh. Nertio orienta sobre el valor estimado antes de iniciar.
¿Los CAE son compatibles con subvenciones?
Con carácter general, sí. Los CAE no son una subvención — son un mecanismo de mercado. Son compatibles con la mayoría de ayudas públicas, salvo las financiadas con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Cada caso requiere revisión.
¿Necesito un sujeto delegado para tramitar CAE?
Solo los sujetos obligados y los sujetos delegados pueden presentar la solicitud de emisión de CAE. Si eres propietario o instalador, necesitas que un sujeto delegado (o un sujeto obligado directamente) gestione la emisión. Nertio canaliza la tramitación a través de partner especializado.
¿Las placas solares generan CAE?
No. El sistema CAE certifica ahorro de energía final, no generación de energía renovable. Las placas fotovoltaicas y las baterías no encajan en las fichas residenciales del catálogo. Si además de instalar placas has hecho aerotermia, ventanas o aislamiento, esas actuaciones sí pueden generar CAE.