Deducciones en IRPF por obras de eficiencia energética: guía para propietarios
Las deducciones en IRPF por obras de eficiencia energética en vivienda habitual tienen tres tramos vigentes: 20% (reducción de demanda de calefacción y refrigeración ≥7%), 40% (reducción de consumo de energía primaria no renovable ≥30% o calificación A/B) y 60% (rehabilitación energética de edificios). Son compatibles con los CAE.
Si has hecho una reforma que mejora la eficiencia energética de tu vivienda habitual, además de la posibilidad de generar CAE, puedes beneficiarte de deducciones fiscales en el IRPF. Son mecanismos distintos e independientes: uno es un instrumento de mercado (CAE), el otro es un beneficio tributario (deducción IRPF).
En esta guía te explicamos los tres tramos de deducción vigentes, los requisitos de cada uno y su compatibilidad con los CAE.
Nota importante: Esta guía es orientativa. Nertio no es asesor fiscal ni tributario. La información se basa en la normativa vigente a abril de 2026. Consulta siempre con tu asesor fiscal antes de aplicar deducciones en tu declaración de la renta.
Las tres deducciones vigentes
La normativa establece tres tramos de deducción por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas: Los tramos del 20% y 40% aplican a cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026. El tramo del 60% (rehabilitación energética de edificios) aplica a cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2027.
Deducción del 20% — Reducción de demanda de calefacción y refrigeración
Aplica cuando las obras reducen la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual en al menos un 7%, acreditado mediante certificado de eficiencia energética antes y después de la obra.
- Base máxima: 5.000 € anuales
- Requiere certificado de eficiencia energética previo y posterior
- Vivienda habitual del contribuyente
Deducción del 40% — Reducción del consumo de energía primaria no renovable
Aplica cuando las obras reducen el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%, o cuando mejoran la calificación energética hasta alcanzar la letra A o B.
- Base máxima: 7.500 € anuales
- Requiere certificado de eficiencia energética previo y posterior
- Vivienda habitual del contribuyente
Deducción del 60% — Rehabilitación energética de edificios
Aplica a obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. Requiere una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%, o alcanzar calificación A o B.
- Base máxima: 5.000 € anuales (con acumulación máxima de 15.000 € por vivienda)
- Aplica a viviendas de cualquier uso (habitual, alquiler)
- Requiere certificado de eficiencia energética
- Las obras deben afectar al conjunto del edificio
Requisitos comunes
Para acceder a cualquiera de los tres tramos:
- Las cantidades deben haberse satisfecho dentro del plazo de cada tramo (31/12/2026 para el 20% y 40%; 31/12/2027 para el 60%)
- Se necesita certificado de eficiencia energética expedido antes del inicio de las obras y otro posterior a su finalización
- El certificado posterior debe emitirse antes de 1 de enero del año siguiente al del pago
- Las obras deben mejorar la eficiencia energética de la vivienda de forma acreditable
Compatibilidad con los CAE
Las deducciones IRPF y los CAE son mecanismos jurídicos distintos: las deducciones son un beneficio tributario estatal; los CAE son un instrumento de mercado entre actores privados.
Con carácter general, son compatibles. Haber tramitado CAE no excluye la deducción IRPF, ni viceversa.
Sin embargo, el tratamiento fiscal de la contraprestación recibida por los CAE (si se considera ganancia patrimonial, rendimiento, etc.) puede interactuar con la base de la deducción. Este es un punto que conviene revisar con un asesor fiscal para cada caso concreto.
Nertio no asesora sobre fiscalidad.
Lo que Nertio puede hacer y lo que no
Lo que hacemos:
- Informarte de que la deducción existe y puede aplicar a tu caso
- Orientarte sobre la necesidad de certificado de eficiencia energética (que es común al CAE y a la deducción)
- Tramitar los CAE como proceso independiente
Lo que no hacemos:
- Asesorar sobre la aplicación fiscal concreta
- Calcular el importe de tu deducción
- Presentar o revisar tu declaración de la renta
Para la parte fiscal, consulta con tu asesor de confianza.
En resumen
- Hay tres deducciones IRPF por obras de eficiencia energética en vivienda: 20% (base máxima 5.000 €), 40% (base máxima 7.500 €) y 60% (base máxima 5.000 € anuales, hasta 15.000 € acumulados por vivienda).
- Plazos: los tramos del 20% y 40% aplican a cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026. El tramo del 60% hasta el 31 de diciembre de 2027.
- Los tres tramos requieren certificado de eficiencia energética antes y después de las obras. El posterior debe emitirse antes del 1 de enero del año siguiente al del pago.
- El 20% y el 40% aplican solo a vivienda habitual. El 60% también aplica a viviendas de alquiler.
- Las deducciones IRPF y los CAE son mecanismos jurídicos distintos y, con carácter general, compatibles. El tratamiento tributario de la contraprestación CAE debe revisarse con asesor fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar CAE y además deducirme en IRPF?
Con carácter general, sí. Son mecanismos distintos. Pero el detalle fiscal de la interacción conviene revisarlo con tu asesor.
¿Necesito certificado energético para la deducción?
Sí. Los tres tramos requieren certificado de eficiencia energética antes y después de la obra. Es uno de los requisitos obligatorios.
¿Hasta cuándo puedo aplicar la deducción?
Para los tramos del 20% y 40%, hasta el 31 de diciembre de 2026. Para el tramo del 60% (rehabilitación de edificios), hasta el 31 de diciembre de 2027. Consulta la AEAT o tu asesor fiscal para confirmar plazos actualizados.
¿Qué pasa si no tengo certificado energético previo?
Sin certificado previo a las obras, la deducción puede no ser aplicable. Es uno de los motivos por los que conviene planificar la documentación antes de empezar la obra.